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Consulado de Colombia en Auckland

 

Lo invitamos a leer atentamente la siguiente información sobre servicios consulares, requisitos, valores y horarios de atención del Consulado de Colombia en Auckland.

Tenga en cuenta que nuestro horario de atención es de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. y de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.

Dadas la situación de personal actual, respetuosamente le pedimos canalizar sus comunicaciones e inquietudes al correo electrónico serviciosnuevazelandia@cancilleria.gov.co Sus solicitudes serán respondidas en orden de llegada en el menor tiempo posible.

Recuerde que todos los trámites requieren cita previa y estas deben gestionarse a través de nuestra plataforma de agendamiento virtual.

 

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A continuación, brindamos información sobre los trámites y servicios:

1. Registro consular
2. Registro Civil de Nacimiento
3. Tarjeta de identidad - menores de 17 años
4. Cédula de Ciudadanía
5. Pasaporte
6. Reconocimiento de Firma en Documento Privado y/o Poder Especial
7. Permiso de Salida de Menor de Edad
8. Constancia de antecedentes Judiciales
9. Autenticación de copia
10. Constancia de Residencia
11. Poder General - Escritura Pública
12. Registro de matrimonio
13. Renuncia a la Nacionalidad
14. Recuperación de la Nacionalidad
15. Certificado de Supervivencia para cobro de pensión
16. Certificado de Defunción
17. Visas


 

1. Registro consular

Si usted acaba de llegar, o vive ya en Nueva Zelanda pero no ha actualizado la información, lo invitamos a realizar su registro consular para que esté en contacto con el Consulado.

Esta inscripción:

  • Facilita la comunicación con el Consulado.
  • Permite localizarlo en caso de emergencias o desastres.
  • Habilita para recibir comunicaciones sobre temas o eventos de su interés.
  • Agiliza el tiempo de atención de trámites en las oficinas consulares.

Para realizarla por favor ingrese en el presente link https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/registrarCiudadano.xhtml

 

2. Registro Civil de Nacimiento

El Registro civil es el documento que prueba el estado civil de una persona, es decir, su situación jurídica en la familia y la sociedad, determina su capacidad para ejercer ciertos derechos y contraer ciertas obligaciones.

Requisitos:

  • El trámite es personal.
  • El menor de edad a registrar debe venir acompañado de alguno de sus padres.
  • Si el progenitor es colombiano debe presentar la Cédula de Ciudadanía original. Sí alguno de los padres posee otra nacionalidad, deberá presentar pasaporte vigente y una copia de este documento.
  • Certificado de constancia del RH del menor de edad a registrar.
  • El trámite es gratuito.

NOTA: Si Usted está interesado en acceder a una copia del Registro Civil de Nacimiento que reposa en una Notaría de Colombia, usted debe solicitarlo ante la Notaria donde se encuentra dicho registro. Si el registro ha sido digitalizado, puede solicitar una copia en línea en el siguiente link https://rcenlinea.registraduria.gov.co/

 

3. Tarjeta de identidad

La tarjeta de identidad es el documento de identificación para los menores de edad, (entre 7 y 17 años).

Requisitos

  • Presentación personal del solicitante, acompañado de sus padres o representante legal.
  • Original del Registro Civil de Nacimiento.
  • Conocer el RH y Grupo Sanguíneo del solicitante.
  • Debe traer 4 fotos de 4cm x 5cm en fondo blanco (de frente y con la cabeza centrada en la foto. La medida de la cabeza, de frente a mentón, debe ser de 2.7cm).

La expedición de Tarjeta de Identidad por primera vez no tiene costo.

* La elaboración de la Tarjeta de Identidad puede tomar alrededor de 6 meses.
** Para reclamar la Tarjeta de Identidad se requiere presentar la Contraseña y que uno de los padres se acerque al Consulado en persona.

 

4. Cédula de Ciudadanía primera vez

La cédula de ciudadanía es el documento que identifica a los colombianos mayores de 18 años.

Requisitos

  • Presentarse personalmente.
  • Tener dieciocho (18) años cumplidos.
  • Aportar copia auténtica del Registro Civil de Nacimiento.
  • Conocer el RH y Grupo Sanguíneo.
  • Traer 4 fotos de 4cm x 5cm en fondo blanco (de frente y con la cabeza centrada en la foto. La medida de la cabeza, de frente a mentón, debe ser de 2.7cm). en el caso de las personas con cabello blanco y/o escaso - solo en estos casos - el fondo debe tener un tono azul. La silueta debe presentar los dos (2) hombros. La cara debe estar de frente o semi-perfilada. Debe estar vestido con ropa oscura hombros cubiertos, sin sombreros, gorros y anteojos.
  • Conocer el nombre y número de identificación de los padres

El trámite no tiene costo. Renovación de Cédula (tránsito de la blanca a la de hologramas) no tiene costo.

Duplicado de Cédula

Requisitos

  • Presentarse personalmente.
  • Idealmente contar con copia de la cédula original. Informar el número de la cédula de ciudadanía.
  • Presentar un documento que lo identifique como colombiano: pasaporte, la licencia de conducir, o el Registro Civil de Nacimiento.
  • Traer 4 fotos de 4cm x 5cm en fondo blanco (de frente y con la cabeza centrada en la foto. La medida de la cabeza, de frente a mentón, debe ser de 2.7cm). en el caso de las personas con cabello blanco y/o escaso - solo en estos casos - el fondo debe tener un tono azul. La silueta debe presentar los dos (2) hombros. La cara debe estar de frente o semi-perfilada. Debe estar vestido con ropa oscura hombros cubiertos, sin sombreros, gorros y anteojos.
  • Conocer el RH y grupo sanguíneo.
  • Conocer el nombre y número de identificación de los padres.

El duplicado/rectificación tiene un costo. Dicho valor debe ser cancelado previamente a su cita en la Cuenta de Banco del Consulado para recaudos.

*Tenga en cuenta que la Registraduría Nacional del Estado Civil se toma alrededor de 6 meses para expedir este documento.

**Tan pronto llegue la Cédula al Consulado usted recibirá un correo de notificación. Para reclamar la cédula se requiere presentar la contraseña y que el usuario se acerque al Consulado en Auckland en persona. Las cédulas no reclamadas después de un año serán retornadas a Colombia.

***A través de la página de la Registraduría, mediante pago electrónico (PSE), también se puede adelantar este trámite: https://www.registraduria.gov.co/Duplicado-de-la-Cedula-de-Ciudadania.html. Inicialmente, debe indicar como lugar de entrega una oficina registral en el territorio nacional. Una vez concluida la solicitud, puede requerir el traslado del documento sin costo alguno para su entrega en el Consulado de Colombia en Auckland, a través del siguiente enlace: https://wsp.registraduria.gov.co/traslados/index.php

 

5. Pasaporte

Requisitos

  • Presentarse personalmente.
  • Los mayores de 18 años deben presentar Cédula de Ciudadanía original. Si el usuario es menor de edad, debe venir acompañado por uno de sus padres y traer copia autentica del Registro Civil de Nacimiento colombiano (ver sección sobre este trámite).
  • Presentar pasaporte anterior, si lo tiene. En caso de pérdida o hurto del pasaporte anterior, el solicitante deberá presentar la respectiva denuncia. La denuncia del documento la puede reportar en cualquier estación de policía o en el presente link https://webforms.police.govt.nz/en/form/lost-property
  • No se requiere traer fotos, se toman en el Consulado.
  • El pasaporte tiene costo. Dicho valor debe ser cancelado previamente a su cita en la Cuenta de Banco del Consulado para recaudos.
  • Tenga en cuenta que el tiempo mínimo de entrega del pasaporte es de 4 semanas. De esta manera evitará inconvenientes con sus viajes programados o aplicaciones migratorias.
  • Si el usuario desea que se haga envío del pasaporte a través de correo certificado, debe traer una bolsa del NZ Post, con tracking number para que el documento pueda serle enviado a la dirección de correspondencia una vez llegue al Consulado. No se recibirán bolsas de ningún otro servicio postal.  

 

6. Reconocimiento de Firma en Documento Privado y/o Poder Especial

Es un trámite en el que el Cónsul da fe o testimonio de la declaración realizada por el interesado, con las respectivas circunstancias de tiempo, modo y lugar.
 

Requisitos:

  • Presentarse personalmente ante el Consulado.
  • Identificarse con cédula de ciudadanía en formato vigente con hologramas o su pasaporte en caso de ser extranjero
  • Traer el documento privado en idioma español.
  • Si necesita el documento en otro idioma, debe realizar primero el documento de firma sobre el documento en español y posteriormente solicitar la traducción al idioma de su interés.

El trámite tiene un costo. Dicho valor debe ser cancelado previamente a su cita en la Cuenta de Banco del Consulado para recaudos.

 

7. Permiso de Salida de Menor de Edad

Cuando un niño, una niña o un adolescente colombiano vaya a salir del país con uno de los padres, con una persona distinta a los representantes legales, o solo por potestad de sus progenitores, deberá obtener previamente el permiso de aquel o aquellos con quienes no viajare, debidamente autenticado ante notario o autoridad consular. Dicho permiso deberá contener el lugar de destino, el propósito del viaje y la fecha de salida e ingreso de nuevo al país.

Para autorizar la salida de Colombia, la madre o el padre que no viajan con el puede extender un permiso para salida de menor ante el Consulado de Colombia más cercano a su lugar de domicilio. El permiso de salida de menor ante Consulado se carga inmediatamente en el sistema al que tiene acceso Migración Colombia, por lo que puede ser verificado online no es necesario mostrar el documento físico ante las autoridades en Colombia.

De no ser posible ubicar un Consulado Colombiano cerca de su residencia, usted puede diligenciar el permiso ante notario público (para Nueva Zelanda ver https://notarypublic.org.nz/find-a-notary/, y apostillar la firma del notario (para Nueva Zelanda ver https://www.govt.nz/browse/passports-citizenship-and-identity/proving-and-protecting-your-identity/use-your-nz-documents-overseas/). El documento debe estar en español y ser presentado siempre en original, puesto que la documentación no reposará en base de datos o sistema al cual las autoridades colombianas tengan acceso.

Requisitos para el trámite ante el Consulado:

  • El padre autorizante debe acercarse personalmente al Consulado y presentar su cédula de ciudadanía en formato vigente con hologramas o su pasaporte en caso de ser extranjero.
  • Presentar copia de pasaporte de la persona que saldrá del país con el menor a quien se le está dando el permiso de salida.
  • Conocer las fechas exactas de salida y regreso del menor, así como el lugar de destino y el propósito del viaje
  • Traer copia del Registro Civil de Nacimiento del menor.
  • El trámite tiene costo. Dicho valor debe ser cancelado previamente a su cita en la Cuenta de Banco del Consulado para recaudos.

 

8. Constancia de Antecedentes Judiciales

El usuario puede solicitarlo de manera simple a través del siguiente enlace: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitudAntecedentes.xhtml. Esta constancia no tiene costo.

  • La constancia se procesa en el Consulado, puede ser en español o inglés y va con firma de la Cónsul.
  • Este trámite no tiene costo.
  • Esta constancia no tiene costo.
  • Una vez realizada la solicitud, este documento llegará a su correo electrónico registrado alrededor de 3 días después. En caso tal de no haber recibido su constancia luego de este tiempo, por favor enviar un email a serviciosnuevazelandia@cancilleria.gov.co con sus nombre y número de cédula y revisaremos la solicitud.

 

9. Autenticación de copia

Testimonio escrito del cónsul referido a que una copia mecánica o una literal de un documento corresponde exactamente al original que se tiene a la vista o que comprende la integridad del documento exhibido y lo reproduce con entera fidelidad.

Requisitos:

Ante cualquier duda, por favor contáctenos a través del email serviciosnuevazelandia@cancilleria.gov.co.

 

10. Constancia de Residencia

Se trata de un testimonio escrito del cónsul referido a los documentos que presenta la persona interesada y que demuestran la residencia en el exterior.

Requisitos:

El solicitante debe enviar correo a serviciosnuevazelandia@cancilleria.gov.co indicando:

  • Copia de la cédula de ciudadanía.
  • Copia del Pasaporte.
  • Copia de la visa emitida por el gobierno de Nueva Zelanda (vigente).
  • Copia de un recibo de servicio público a nombre del usuario (donde se evidencie la dirección en Nueva Zelanda).
  • Copia de la página del Pasaporte donde esté el sello del último ingreso a Nueva Zelanda.
  • Cualquier otro documento, que pudiera servir para verificar la residencia.

La constancia de residencia se expide de manera manual y va con firma de la Cónsul, sin código de verificación digital. Este trámite no tiene costo.

Si el destinatario del documento requiere que vaya con código de verificación o apostillado, en ese caso tendría que solicitar un certificado de residencia que dice lo mismo y tiene costo.

 

11. Poder General - Escritura Pública

Un poder general es un documento público mediante el que un poderdante, designa a otra persona como su representante, de forma que ésta pueda actuar en su nombre, con carácter general, en todos o en algunos ámbitos que deberán quedar especificados en el documento.

Requisitos:

  • La cita toma alrededor de 4 horas
  • El trámite es presencial en el Consulado.
  • Es necesario que presente su cédula de ciudadanía (en formato vigente, amarilla con hologramas) o pasaporte en caso de ser extranjero.
  • Una vez impresa la Escritura no admite modificación.

La Escritura Pública tiene costo (por la protocolización de la escritura más derechos notariales y por la primera copia del documento)

*Un Poder General Amplio y Suficiente es una de las manifestaciones públicas con mayores repercusiones legales existentes. Por favor, asegúrese de entender el alcance del instrumento previo a presentarse a la cita.

** Es importante verificar previamente con la autoridad de destino que se acepta este tipo de poder, que la redacción es apropiada para el tipo de trámite y que no requiere poder específico.

*** Para posteriores constancias de vigencia de la escritura, escribir un correo a serviciosnuevazelandia@cancilleria.gov.co, indicando el número de escritura y la fecha de expedición. La constancia no tiene costo.

Constancia vigencia poder

El solicitante debe enviar correo a serviciosnuevazelandia@cancilleria.gov.co indicando:

  • Nombre completo
  • Copia de cédula
  • Confirmación del número de escritura o la fecha en que se realizó.

La constancia de vigencia de escritura se expide de manera manual y va solo con firma de la Cónsul, sin código de verificación digital. Este trámite no tiene costo.

Si el destinatario del documento, requiere que vaya con código de verificación o apostillado, en ese caso tendría que solicitar una copia de la escritura que dice la escritura de encuentra vigente. La constancia tiene costo.

Copia de escritura

El solicitante debe enviar correo a serviciosnuevazelandia@cancilleria.gov.co indicando:

  • Nombre completo
  • Copia de cédula
  • Confirmación del número de escritura o la fecha en que se realizó.

La copia indica que la escritura está vigente y lleva código de verificación. La copia tiene costo.

 

12. Registro de matrimonio

Requisitos:

  • Además de Apostillado, el Registro de Matrimonio debe también venir traducido al español
  • Copia de Registro Civil de Nacimiento de los dos contrayentes. La copia del solicitante colombiano debe tener menos de 90 días de expedición y debe decir válida para matrimonio.
  • Cédula de ciudadanía de los dos contrayentes, si son colombianos o copia de pasaporte en caso de que uno de los contrayentes no sea nacional colombiano.

Este trámite no tiene costo.

 

13. Renuncia a la Nacionalidad

Previamente el usuario debe solicitar la cita al correo electrónico serviciosnuevazelandia@cancilleria.gov.co.

Requisitos:

  • El trámite es personal.
  • Copia de la Cédula de ciudadanía.
  • Copia del Registro Civil de Nacimiento.
  • Copia del pasaporte colombiano, digitalizadas la totalidad de las hojas contenidas.
  • Copia del pasaporte de la segunda nacionalidad que ostenta, digitalizadas la totalidad de las hojas contenidas.
  • Certificado de antecedentes judiciales de Colombia y de Nueva Zelanda.
  • Una carta expresando voluntariamente renuncia a la nacionalidad colombiana indicando el motivo.
  • Una carta donde hace entrega de la cédula y/o pasaporte colombiano -y otros documentos expedidos por el Gobierno colombiano, si aplica.
  • El trámite tiene un costo. Verifique el valor.
  • El término que tiene el Ministerio para la expedición del “ACTA DE RENUNCIA” es de dos (2) meses, los cuales se contarán a partir de la cancelación del valor del trámite, referencia que pago que será entregada el día de la cita presencial.

**Nota. Para menores de edad no aplica el requisito de Police Records.

 

14. Recuperación de la nacionalidad

La solicitud se puede tramitar a través del enlace: https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarNacionalidad.xhtml

Los documentos que se requiere adjuntar son:

  • Registro Civil de Nacimiento colombiano original.
  • Copia de la Cédula de Ciudadanía si la tiene (las personas que nacieron antes de 1938 podrán presentar la partida de bautismo).
  • Solicitud por escrito presentada ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, los Consulados de Colombia o las Gobernaciones. Así mismo, debe manifestar su voluntad de respaldar y acatar la Constitución Política y las leyes de la República y si posee otra nacionalidad, mencionar ésta. Adicionalmente, deberá indicar sus datos de contacto (ciudad de domicilio y dirección de su residencia en Colombia, teléfono fijo, número celular y correo electrónico y la manifestación en la cual conste su voluntad de ser notificado por medio electrónico).
  • Acta de Renuncia a la nacionalidad colombiana o documento idóneo en donde conste fecha de naturalización en el Estado de su otra nacionalidad.
  • Foto reciente, para documento, tamaño 4x5 cm, fondo blanco.
  • Copia simple del pasaporte de su actual nacionalidad

 

15. Certificado de Supervivencia para cobro de pensión

Previamente el usuario debe solicitar la cita al correo electrónico serviciosnuevazelandia@cancilleria.gov.co, indicando su documento, datos de contacto y Fondo al que va dirigido el documento.

Requisitos:

  • El trámite se realiza de manera presencial o a través de videollamada si el usuario manifiesta no poder desplazarse al Consulado.
  • El solicitante debe identificarse con su Cédula amarilla con hologramas o pasaporte colombiano vigente.
  • El  Consulado expide Certificado a nombre de Fondo de Pensiones que solicite usuario.

El trámite es gratuito.

 

    16. Registro Civil de Defunción

    • El trámite se debe hacer de manera presencial por el declarante del hecho.
    • Certificado original de defunción expedido por autoridad competente, en el cual conste la fecha del fallecimiento, el nombre y sexo del fallecido. Dicho certificado debe venir Apostillado y traducido al español.
    • Cédula de ciudadanía original del fallecido y pasaporte colombiano, si lo tiene.
    • Fotocopia de cédula de ciudadanía y pasaporte.
    • Cédula o pasaporte de quien denuncia la defunción.

    Este trámite no tiene costo

     

    17. Visas

    Si un extranjero desea ingresar a Colombia, puede consultar la Resolución 3173 de 2023 https://www.cancilleria.gov.co/sites/default/files/Normograma/docs/resolucion_minrelaciones_3717_2023.htm para saber si necesita visa dependiendo de la nacionalidad y del propósito y duración de su estadía.

    Si requiere visa ingrese al siguiente enlace y verifique el tipo de visado que más se adecúe a sus necesidades. https://www.cancilleria.gov.co/tramites_servicios/visa/requisitos

    Toda solicitud de visa se deberá efectuar a través de la plataforma digital dispuesta para ello a través del sitio web oficial del Ministerio de Relaciones Exteriores https://tramitesmre.cancilleria.gov.co/tramites/enlinea/solicitarVisa.xhtml, aportando los requisitos que correspondan.